Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible

Gobierno del Estado de México

Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica

OBJETIVO:

Vigilar la observancia de las disposiciones jurídicas y normativas vigentes en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y cambio climático para la protección al ambiente y conservación ecológica, así como autorizar los permisos, licencias, registros, concesiones, autorizaciones y revalidaciones en materia ambiental a fuentes fijas establecidas en el Estado de México, incluyendo las fuentes móviles o vehículos automotores que circulen en el territorio estatal.

 

FUNCIONES:
  • Vigilar y controlar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas y normas vigentes en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y protección al ambiente.
  • Autorizar los registros, permisos, licencias, concesiones, revalidaciones y demás autorizaciones que en materia ambiental estén contempladas en la normatividad vigente en el Estado de México.
  • Autorizar los registros como generadores de residuos de manejo especial, prestadora o prestador de servicios en materia de recolección de traslado, aprovechamiento, disposición final de residuos sólidos, residuos de manejo especial y, a las prestadoras y prestadores de servicios ambientales.
  • Expedir las autorizaciones de licencia de funcionamiento, prórroga y actualización de las fuentes de jurisdicción estatal.
  • Autorizar y regular la operación de las fuentes fijas establecidas en territorio estatal, sistemas de verificación de emisiones de vehículos automotores en circulación, de los talleres que operan el Programa Integral de Reducción de Emisiones Contaminantes (PIREC), de las proveedoras o proveedores de equipos y servicios, y demás tecnologías aplicables en materia ambiental, así como vigilar la combustión a cielo abierto y los sistemas de recuperación de vapores para estaciones de servicio.
  • Coordinar y supervisar el “Programa de Reducción de Emisiones Contaminantes”, “Programa para Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de Toluca”, “Programa de Verificación Vehicular Obligatoria”, “Programa Integral de Reducción de Emisiones
  • Contaminantes” (PIREC) ante el Programa Estatal Nacional.
  • Dar seguimiento al acuerdo que establece las medidas para limitar la circulación de los vehículos automotores en los municipios conurbados del Estado de México en la Zona Metropolitana del Valle de México (Hoy No Circula), para controlar y reducir la contaminación atmosférica y contingencias ambientales atmosféricas, así como los que se establezcan en otras zonas del Estado.
  • Supervisar y verificar el cumplimiento de la normatividad establecida en los convenios y acuerdos con otras entidades federativas o municipios, así como asesorar a los Ayuntamientos que así lo soliciten, respecto de la interpretación, aplicación y observancia de los asuntos relacionados con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección al ambiente.
  • Participar, en coordinación con instancias federales, estatales y municipales en la celebración de fideicomisos, acuerdos y convenios, entre otros, así como en la elaboración y expedición de normas técnicas, criterios ecológicos, medidas y lineamientos orientados a la prevención y control de la contaminación atmosférica y protección del ambiente.
  • Ordenar las visitas técnicas de supervisión a verificentros, talleres del Programa Integral de Reducción de Emisiones Contaminantes (PIREC) y a las fuentes fijas, de conformidad con las especificaciones señaladas en la licencia y en la cédula de operación respectiva, así como a las empresas de autorregulación y combustibles alternos, de acuerdo a los convenios establecidos.
  • Coordinar y operar la red automática de monitoreo atmosférico en el Valle de Toluca y en las zonas donde se establezca.
  • Coordinar el desarrollo e impartición de cursos y pláticas, así como de exposiciones en materia de prevención y control de la contaminación atmosférica y protección al ambiente, a la población en general.
  • Integrar el registro de prestadoras(es) de servicios en materia de prevención y control de la contaminación de la atmósfera, ruido y vibraciones.
  • Proponer políticas ambientales y criterios ecológicos innovadores para la prevención y control de la contaminación atmosférica.
  • Imponer sanciones administrativas por violaciones a las disposiciones jurídicas y normativas en materia ambiental.
  • Proponer medidas preventivas para reducir las emisiones de contaminantes producidas por fuentes fijas y móviles en el Estado de México.
  • Coordinar las autorizaciones, revalidaciones, certificaciones y renovaciones otorgadas a los verificentros autorizados en el territorio Estatal; a los talleres que operan el Programa Integral de Reducción de Emisiones Contaminantes (PIREC); a las empresas instaladoras del Sistema Integral Certificado de Equipos de Gas, Convertidores Catalíticos y Circuito Cerrado; así como a los convenios suscritos con las empresas que integran el Programa de Autorregulación Ambiental del parque vehicular a diesel.