Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible

Gobierno del Estado de México

Funciones

La Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, es el órgano encargado de la formulación, ejecución y evaluación de la política estatal en materia de conservación ecológica, biodiversidad y protección al medio ambiente para el desarrollo sostenible y le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

  1. Aplicar y vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de ecología y de protección al ambiente atribuidas al Ejecutivo Estatal.
  2. Formular, ejecutar y evaluar el Programa Estatal de Protección al Ambiente.
  3. Emitir los lineamientos destinados a preservar y restaurar el equilibrio ecológico y proteger el ambiente.
  4. Convenir con los Gobiernos Federal, de las Entidades Federativas y de los Municipios del Estado, así como con los particulares, la realización conjunta y coordinada de acciones de protección ambiental.
  5. Establecer medidas y criterios para la prevención y control de residuos y emisiones generadas por fuentes contaminantes.
  6. Establecer sistemas de verificación ambiental y monitoreo de contaminantes.
  7. Implantar medidas y mecanismos para prevenir, restaurar y corregir la contaminación del aire, suelo, agua y del ambiente en general.
  8. Difundir los programas y estrategias relacionadas con el equilibrio ecológico y la protección del ambiente.
  9. Fomentar la creación y desarrollo del mercado de derechos de uso del medio ambiente.
  10. Desarrollar los mecanismos de regulación del mercado de derechos de uso del medio ambiente.
  11. Fijar, a través del indicador genérico de degradación ambiental que elabore el Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México, los topes de utilización de los derechos de uso del medio ambiente.
  12. Determinar el valor económico de los derechos de uso del medio ambiente y de las penalizaciones en que incurran los agentes, cuidando en todo momento de establecer un mecanismo eficiente de incentivos y desincentivos que contribuya a la reducción de la tasa de degradación ambiental.
  13. Incentivar la participación e inversión de los agentes productivos en proyectos de recuperación ambiental.
  14. Promover la educación y la participación comunitaria, social y privada, para la preservación y restauración de los recursos naturales y la protección del ambiente.
  15. Aplicar la normatividad para el manejo y disposición final de los residuos industriales, así como para la construcción de los sistemas de tratamiento de aguas residuales.
  16. Promover y ejecutar directamente o por terceros, la construcción y operación de instalaciones para el tratamiento de residuos industriales, desechos sólidos, tóxicos y aguas residuales.
  17. Concesionar la construcción, administración, operación y conservación de las instalaciones a que se refiere la fracción anterior.
  18. Promover, coordinar y participar en acciones de protección, conservación, reforestación, fomento y vigilancia de los recursos forestales de la Entidad.
  19. Regular y promover la protección de los recursos de fauna y flora silvestres en territorio del Estado.
  20. Declarar las áreas naturales protegidas de interés Estatal.
  21. Fomentar, ejecutar y en su caso, operar parques y áreas verdes.
  22. Administrar, vigilar y controlar los parques naturales que tenga a su cargo.
  23. Promover y fomentar las investigaciones ecológicas.
  24. Emitir dictámenes técnicos para cuantificar el daño causado al ambiente.
  25. Aplicar las sanciones previstas en las disposiciones legales de la materia y promover la aplicación de las que corresponda a otras autoridades.
  26. Determinar el uso restringido de la infraestructura vial;
  27. Las demás que señalen las leyes y reglamentos vigentes en el Estado.